Nueva Reforma

INFORMACION FASE DESCONFINAMIENTO

Según la nota de prensa publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con fecha 30 de abril de 2020, los autónomos beneficiarios de la prestación que puedan abrir su negocio al inicio de la desescalada seguirán percibiéndola hasta el último día del mes que finalice el estado de alarma. La ayuda busca proteger la falta de ingresos de los autónomos en esta situación excepcional y contribuir a la supervivencia de su negocio.

 

En cuanto a la reapertura de negocios,  la Dirección General de Trabajo (DGT) ha aclarado a través de una nota interpretativa cómo se debe proceder por parte de personas trabajadoras y empresas en relación con los Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de Fuerza mayor previstos en el Real Decreto-ley 8/2020 durante el periodo de transición anunciado.

De este modo, aclara que las empresas que estuviesen aplicando las medidas de suspensión o reducción de jornada pueden renunciar a las mismas, de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva según vayan desapareciendo las razones vinculadas a la fuerza mayor. Igualmente será posible alterar la medida suspensiva inicialmente planteada y facilitar el tránsito hacia las reducciones de jornada, que suponen un menor impacto económico sobre la persona trabajadora y permitirán atender a la paulatinamente creciente oferta y demanda de productos y servicios de las empresas.