CONFIRMACIÓN DE LA EXENCIÓN DE IRPF DE LAS PRESTACIONES POR MATERNIDAD

La reciente sentencia de 3 de Octubre de 2018 del Tribunal Supremo confirma que las prestaciones por maternidad de la Seguridad Social están exentas en virtud del artículo 7.h de la Ley de IRPF.

 

Las madres que hayan tributado entre 2014 y 2017 en su Renta por estas prestaciones pueden solicitar la rectificación de la autoliquidación y obtener la devolución de estos ingresos indebidos, así como los intereses de demora.

 

Para solicitar las correspondientes a 2014, el plazo expira el 30 de Junio de 2019. No podrán solicitar la devolución aquellas que tengan liquidaciones firmes.

20181005135823